Por: Yulendys Jorge Valerio
Una fecha para la historia
El martes 21 de abril del año 2009 República Dominicana se convirtió en el primer país que plantea el tema del aborto en su Constitución estableciendo que “El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.
Este artículo, sometido por el Poder Ejecutivo, fue aprobado por 167 de 199 asambleístas de los partidos Reformista Social Cristiano (PRSC), de la Liberación Dominicana (PLD) y Revolucionario Dominicano (PRD).
Este artículo se aprueba en el tercer gobierno (segundo consecutivo) de Leonel Fernández Reyna, un mandatario que se proyecta como el súmmum del pensamiento democrático, de la modernidad y del desarrollo dominicano.
¡Bienvenidos a bordo!, este martes 21 de abril de 2009 hemos abordado el tren del retroceso, no solo en el campo de las leyes, de la justicia, sino en otro mucho más extenso y complicado terreno: el que compete a los seres humanos, de cuya especie forma parte la mujer a pesar de que algunos se les escapa; y no hay que obviar las implicaciones que tendrá para la ciencia y la investigación en el campo de la salud humana.
Me parece inconcebible que un presidente con el bagaje de cumbres internacionales, y propenso a responder los planteamientos básicos y tácitos de esta sociedad en foros y coloquios, haya desterrado la discusión sobre las implicaciones de este artículo a su principal víctima: la mujer dominicana.
Con este artículo el presidente Leonel Fernández y los legisladores que le aprobaron su proyecto, apoyan el incesto y aplica una condena de muerte a las mujeres que por complicaciones de salud no pueden completar un ciclo de embarazo deseado, y a aquellas que deciden abortar clandestinamente porque no soportan la carga sicológica ni emocional de llevar en su vientre la hija o el hijo de un violador.
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